Pago de la CTS: Fecha de depósito, cálculo y qué Cajas Municipales pagan más interés

La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es uno de los beneficios laborales más importantes en el Perú. Diseñada como un seguro de desempleo, su objetivo principal es proteger al trabajador frente a la contingencia del cese laboral. Sin embargo, elegir dónde mantener guardado este fondo es vital para hacer crecer tu dinero mediante una tasa de rendimiento atractiva.
En esta guía te explicamos cómo funciona el pago de la CTS, las fechas límite de depósito y el ranking de las Cajas Municipales que ofrecen las mejores tasas de interés (TREA) según los reportes de la SBS.
¿Cuándo depositan la CTS? Fechas límite de pago
El depósito de la CTS se realiza de forma semestral por parte del empleador en la entidad financiera (banco, caja municipal o financiera) elegida libremente por el colaborador:
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Primer depósito (Mayo): Corresponde al periodo laborado entre noviembre y abril. Fecha límite de pago: 15 de mayo.
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Segundo depósito (Noviembre): Corresponde al periodo laborado entre mayo y octubre. Fecha límite de pago: 15 de noviembre.
Nota legal: Si la fecha límite cae sábado, domingo o feriado, el plazo de depósito se traslada automáticamente al día hábil anterior.
¿Quiénes tienen derecho a recibir la CTS?
Tienen derecho al depósito de CTS los trabajadores del régimen privado que cumplan con los siguientes requisitos:
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Estar contratados a tiempo indeterminado o bajo modalidad sujeta a plazo.
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Cumplir una jornada laboral mínima promedio de 4 horas diarias.
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Contar con al menos un mes completo de servicio en el semestre computable.
Quedan excluidos los trabajadores de la microempresa inscrita en REMYPE y los colaboradores a tiempo parcial (part-time).
¿Cómo se calcula la CTS? Fórmula básica
El monto del depósito semestral equivale aproximadamente al 50% de la Remuneración Computable (RC).
Fórmula:
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Remuneración Computable (RC) = Sueldo Básico + Asignación Familiar + (Última Gratificación / 6)
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Monto CTS a depositar = RC / 2
Ejemplo práctico:
Si tu sueldo base es S/ 3,000 y recibiste una gratificación de S/ 3,000:
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Un sexto de la gratificación es S/ 500.
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Tu Remuneración Computable es S/ 3,500 (3,000 + 500).
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Tu depósito semestral será de aproximadamente S/ 1,750.
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Ranking: ¿Qué Cajas Municipales pagan más interés por la CTS?
Mientras que los bancos tradicionales suelen ofrecer Tasas Rendimiento Efectivo Anual (TREA) más bajas (habitualmente entre 0.20% y 2.50% en soles), las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMAC) suelen liderar el mercado ofreciendo retornos significativamente superiores.
A continuación se presentan las principales Cajas Municipales y sus tasas estimadas promedio de TREA en Soles (según reportes comparativos de la SBS):
| Entidad Financiera (Caja Municipal) | TREA Promedio Estimada (Soles) |
| Caja Piura | 6.50% – 7.00% |
| Caja del Santa | 6.50% |
| Caja Lima | 6.48% |
| Caja Los Andes | 6.00% |
| Caja Prymera | 6.00% |
| Caja Paita | 6.00% |
| Caja Ica | 5.87% |
| Caja Huancayo | 5.12% – 6.00% |
| Caja Cusco | 5.11% – 6.00% |
| Caja Arequipa | 4.75% |
¿Mi dinero está seguro en una Caja Municipal?
Sí. Las Cajas Municipales están reguladas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y respaldadas por el Fondo de Seguro de Depósitos (FSD), el cual protege tus ahorros e intereses en el sistema financiero hasta por el monto máximo de cobertura vigente determinado periódicamente por la SBS.
¿Cómo trasladar tu CTS a una Caja Municipal?
Si tu empleador te depositó la CTS en un banco convencional y deseas mover tu fondo a una Caja Municipal para rentabilizar mejor tu dinero, el trámite es sencillo y gratuito:
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Solicita el cambio: Envía una carta o solicitud formal al área de Recursos Humanos de tu empresa.
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Indica los datos de la nueva cuenta: Adjunta tu DNI, la entidad elegida (Caja Municipal) y el número de cuenta/CCI de destino si ya la abriste, o solicita la apertura.
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Plazo de gestión: Tu empleador comunicará la instrucción al banco de origen en un plazo máximo de 8 días hábiles para que realice la transferencia del saldo.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Se puede retirar el 100% de la CTS?
Durante periodos con normativa legal extraordinaria vigente (como la Ley N° 32322), los trabajadores han tenido la facultad de disponer libremente del 100% de sus fondos acumulados de CTS. De no aplicarse una medida temporal especial, rige la norma permanente que permite retirar únicamente el monto sobrante que exceda a 4 sueldos intangibles.
¿En qué moneda me conviene tener la CTS?
Depende de tus proyecciones y moneda de gastos. Históricamente, las cuentas de CTS en Soles ofrecen un porcentaje de rendimiento (TREA) considerablemente mayor que las cuentas en Dólares.
Aviso legal: Las tasas de interés (TREA) presentadas son referenciales y fluctúan según los tarifarios de cada entidad aprobados por la SBS. Se recomienda verificar el tarifario vigente directamente en la web de la entidad financiera antes de realizar el traslado.

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