Teletrabajo en Perú 2025: Tus derechos, quién paga el internet y qué dice la Ley N° 31572

Índice
  1. El fin de la ambigüedad: Lo que la ley exige a los empleadores
  2. Derecho a la Desconexión Digital: Tu tiempo libre es sagrado
  3. Diferencia entre Teletrabajo Total y Parcial (Híbrido)

El fin de la ambigüedad: Lo que la ley exige a los empleadores

Durante los primeros años del trabajo remoto en Perú, existía un vacío legal enorme sobre quién debía asumir los costos operativos de trabajar desde casa. Sin embargo, con la consolidación de la Ley N° 31572 (Nueva Ley del Teletrabajo) y su reglamento, las reglas del juego han cambiado drásticamente para proteger al trabajador. Es fundamental que entiendas que el teletrabajo ya no es un "favor" que te hace la empresa, sino una modalidad laboral regulada. La normativa establece claramente que, salvo pacto en contrario, el empleador es responsable de proveer los equipos (laptops, mouses, pantallas), el servicio de acceso a internet y el consumo de energía eléctrica necesarios para el desempeño de las funciones. Esto significa que, si en tu contrato no se especifica que tú aportarás tus propios recursos, tienes el derecho legal de solicitar una compensación económica mensual por el desgaste de tu computadora personal y el uso de tus servicios domésticos.

Derecho a la Desconexión Digital: Tu tiempo libre es sagrado

Uno de los problemas más graves en la cultura laboral peruana es la costumbre de enviar mensajes de WhatsApp o correos fuera del horario de oficina, esperando una respuesta inmediata. La legislación actual es contundente al respecto: tienes derecho a la desconexión digital por un periodo mínimo de 12 horas continuas en un lapso de 24 horas. Esto implica que, una vez terminada tu jornada laboral (por ejemplo, a las 6:00 PM), el empleador no puede exigirte realizar tareas, responder coordinaciones ni asistir a reuniones, y mucho menos puede sancionarte por no hacerlo. Si la empresa insiste en contactarte fuera de horario, esto podría considerarse una infracción grave ante la SUNAFIL (Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral), susceptible de multas onerosas. Como candidato, debes valorar a las empresas que respetan este límite explícitamente en sus políticas internas.

Diferencia entre Teletrabajo Total y Parcial (Híbrido)

Es vital distinguir entre las modalidades al momento de firmar tu contrato. El teletrabajo puede ser total (cuando todas las labores se realizan fuera del centro de trabajo) o parcial (el famoso modelo híbrido). En el modelo parcial, la ley exige que los días de asistencia presencial y los días remotos estén claramente definidos en el acuerdo escrito. Un punto conflictivo reciente es el cambio unilateral: ¿Puede tu jefe obligarte a volver 100% presencial de un día para otro? La ley indica que el cambio de modalidad debe ser, preferentemente, de mutuo acuerdo. Sin embargo, el empleador tiene la facultad directriz de solicitar el retorno a la presencialidad si justifica necesidades operativas, pero debe comunicarlo con un plazo anticipado razonable para que puedas reorganizar tu vida personal.

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